{"id":2540,"date":"2022-02-04T12:30:54","date_gmt":"2022-02-04T11:30:54","guid":{"rendered":"https:\/\/sintef.es\/?p=2540"},"modified":"2026-11-06T07:34:31","modified_gmt":"2026-11-06T06:34:31","slug":"en-que-me-afecta-la-nueva-reforma-laboral-como-trabajador-o-empresa","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/en-que-me-afecta-la-nueva-reforma-laboral-como-trabajador-o-empresa\/","title":{"rendered":"\u00bfEn qu\u00e9 me afecta la nueva reforma laboral como trabajador o empresa?"},"content":{"rendered":"<p>Tras casi un a\u00f1o de conversaciones con empresarios y sindicatos el Real Decreto-ley de reforma del mercado de trabajo ha sido aprobado finalmente en la tarde de este jueves, aunque no con el apoyo que el Ejecutivo esperaba.<\/p>\n<div class=\"banner\"><\/div>\n<p>El escrito que sustituye la reforma laboral que el Gobierno de Mariano Rajoy aprob\u00f3 en 2012 incluye cambios en buena parte de los apoyos del mercado laboral espa\u00f1ol. Destacando entre ellos la contrataci\u00f3n temporal, la negociaci\u00f3n colectiva o subcontrataci\u00f3n, sin embargo no aparecen cambios en la indemnizaci\u00f3n por despido, que queda parada despu\u00e9s de la reducci\u00f3n aprobada por el PP.<\/p>\n<p><strong>M\u00e1s restricciones a los contratos temporales<\/strong><\/p>\n<div class=\"banner\"><\/div>\n<p>El dise\u00f1o final del nuevo esquema de contrataci\u00f3n temporal ha sido uno de los puntos m\u00e1s complicados de las conversaciones para su aprobaci\u00f3n, ya que afecta en gran medida a colectivos como los j\u00f3venes y que sufre un importante cambio con respecto al modelo actual.<\/p>\n<p>El Ministerio de Trabajo retir\u00f3 su propuesta inicial de establecer un porcentaje m\u00e1ximo de contratos temporales en la plantilla, que hubiera variado en funci\u00f3n del tama\u00f1o de la empresa. Los empresarios a cambio, tuvieron que aceptar que los contratos temporales vayan a tener una duraci\u00f3n m\u00e1xima menor.<\/p>\n<div class=\"banner\"><\/div>\n<p>Lo acordado finalmente es que los tipos de contrato se reducen a tres. Por defecto, todos los contratos se entender\u00e1n como indefinidos y solamente habr\u00e1 dos temporales lo que conlleva a la eliminaci\u00f3n de la mayor\u00eda de los existentes hasta ahora. El primero de estos tipos de contrato temporal servir\u00e1 para abordar sustituciones o aumentos imprevistos de la demanda o la producci\u00f3n, pudiendo tener una duraci\u00f3n m\u00e1xima de seis meses, ampliable a un a\u00f1o. El segundo tipo est\u00e1 dise\u00f1ado para cubrir aumentos de la actividad limitados en el tiempo.<\/p>\n<p>Este \u00faltimo tipo de contrato temporal es el que los comercios podr\u00e1n llevar a cabo en campa\u00f1as de rebajas ampliando durante semanas o meses su plantilla.<\/p>\n<p><strong>Mayor capacidad sancionadora\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>La nueva normativa establece que un trabajador temporal se considerar\u00e1 indefinido cuando acumule un m\u00e1ximo de 18 meses de trabajo, bajo contratos temporales en los \u00faltimos 24 meses. La Inspecci\u00f3n de Trabajo ahora podr\u00e1 sancionar a las empresas por cada trabajador temporal que tengan en fraude de ley, mientras que hasta ahora la multa era la misma si hab\u00eda indebidamente un temporal que 50.<\/p>\n<p><strong>Potenciaci\u00f3n al contrato fijo discontinuo\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>Para actividades estacionales que hasta ahora se sustentan en gran medida de contratos temporales, se reforma y se busca impulsar el contrato fijo discontinuo. Se podr\u00e1n acoger a esta modalidad los trabajos en contratos administrativos o mercantiles, reconodi\u00e9ndose la antig\u00fcedad de todo el periodo de la relaci\u00f3n laboral, no s\u00f3lo de los periodos trabajados.<\/p>\n<p><strong>Los convenios, el gran \u00e9xito sindical<\/strong><\/p>\n<p>La nueva reforma laboral recupera la actividad de los convenios, lo que implica que estos no decaer\u00e1n cuando venza su vigencia, para que las empresas no tengan incentivos para no negociar. Adem\u00e1s, se establece la prevalencia del convenio sectorial sobre el de empresa, que no podr\u00e1 reducir los salarios ni aumentar las jornadas que instaure el primero.<\/p>\n<p><strong>La subcontrataci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>No se limita la capacidad de las compa\u00f1\u00edas de\u00a0recurrir a la subcontrataci\u00f3n cuando lo estimen pertinente, pero a partir del a\u00f1o que viene a las empresas se les exigir\u00e1 que apliquen al menos las condiciones recogidas en el convenio de la actividad que desarrollen.<\/p>\n<p><strong>Despidos y ERTE<\/strong><\/p>\n<p>Una de las principales novedades es la incorporaci\u00f3n del llamado Mecanismo RED, una herramienta dise\u00f1ada para poner en marcha ERTE a nivel masivo con el objetivo de evitar que las empresas recurra al despido.<\/p>\n<p>Los trabajadores que se vean afectados cobrar\u00e1n una ayuda equivalente al 70% de su salario, las empresas tambi\u00e9n se ver\u00edan aliviadas parcialmente en el pago de las cotizaciones sociales. Sin tener que abonar el 60% de las mismas en los primeros cuatro meses de sus ERTE, que bajar\u00eda al 30% en los siguientes cuatro meses y a partir de entonces ser\u00eda del 20%.<\/p>\n<p><strong>Dos pol\u00e9micos aspectos que siguen igual<\/strong><\/p>\n<p>No var\u00eda\u00a0la indemnizaci\u00f3n por despido contemplada en la anterior reforma del Gobierno de Rajoy en la que son 20 d\u00edas por a\u00f1o cuando el despido es objetivo y 33 si se trata de un despido improcedente.<\/p>\n<p>Tampoco hay cambios en relaci\u00f3n a los ajustes de plantilla donde se permite al empresario hacer \u00abmodificaciones sustanciales de condiciones de trabajo\u00bb cuando concurran \u00abprobadas razones econ\u00f3micas, t\u00e9cnicas, organizativas o de producci\u00f3n\u00bb. Esto provoca que cuando la empresa se encuentre en dificultades, se podr\u00e1 modificar la jornada de los trabajadores, sus horarios, sus turnos o incluso sus salarios.<\/p>\n<p>Fuente: <a href=\"https:\/\/www.salamanca24horas.com\/local\/en-me-afecta-reforma-laboral-como-trabajador-empresa_15028239_102.html#comments-anchor\">Salamanca24horas.com<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Tras casi un a\u00f1o de conversaciones con empresarios y sindicatos el Real Decreto-ley de reforma del mercado de trabajo ha&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":2541,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_kad_blocks_custom_css":"","_kad_blocks_head_custom_js":"","_kad_blocks_body_custom_js":"","_kad_blocks_footer_custom_js":"","_kadence_starter_templates_imported_post":false,"_kad_post_transparent":"","_kad_post_title":"","_kad_post_layout":"","_kad_post_sidebar_id":"","_kad_post_content_style":"","_kad_post_vertical_padding":"","_kad_post_feature":"","_kad_post_feature_position":"","_kad_post_header":false,"_kad_post_footer":false,"_kad_post_classname":"","footnotes":""},"categories":[7],"tags":[],"class_list":["post-2540","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias"],"taxonomy_info":{"category":[{"value":7,"label":"Noticias"}]},"featured_image_src_large":["https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-content\/uploads\/2022\/02\/mg-4304_11_1100x632-1024x588.jpeg",1024,588,true],"author_info":{"display_name":"Sintef","author_link":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/author\/sintef2026\/"},"comment_info":0,"category_info":[{"term_id":7,"name":"Noticias","slug":"noticias","term_group":0,"term_taxonomy_id":7,"taxonomy":"category","description":"","parent":0,"count":689,"filter":"raw","cat_ID":7,"category_count":689,"category_description":"","cat_name":"Noticias","category_nicename":"noticias","category_parent":0}],"tag_info":false,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2540","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2540"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2540\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3014,"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2540\/revisions\/3014"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/media\/2541"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2540"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2540"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2540"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}