{"id":2368,"date":"2021-07-26T10:10:04","date_gmt":"2021-07-26T08:10:04","guid":{"rendered":"https:\/\/sintef.es\/?p=2368"},"modified":"2026-11-06T07:33:02","modified_gmt":"2026-11-06T06:33:02","slug":"preguntas-y-respuestas-sobre-la-regulacion-del-trabajo-a-distancia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/preguntas-y-respuestas-sobre-la-regulacion-del-trabajo-a-distancia\/","title":{"rendered":"Preguntas y respuestas sobre la regulaci\u00f3n del trabajo a distancia"},"content":{"rendered":"<p>Recientemente se ha publicado la Ley 10\/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia, que viene a fijar la regulaci\u00f3n definitiva en esta materia tras la publicaci\u00f3n en septiembre de 2020 del Real Decreto-Ley 28\/2020, de trabajo a distancia.<\/p>\n<div id=\"cds_gpt-INTEXT\" data-google-query-id=\"COKb16qdgPICFYx60wodHZMMRA\">\n<div id=\"google_ads_iframe_7811748\/elpais_finanzas_cincodias_web\/legal\/noticias\/intext_0__container__\"><iframe id=\"google_ads_iframe_7811748\/elpais_finanzas_cincodias_web\/legal\/noticias\/intext_0\" title=\"3rd party ad content\" name=\"google_ads_iframe_7811748\/elpais_finanzas_cincodias_web\/legal\/noticias\/intext_0\" width=\"1\" height=\"1\" frameborder=\"0\" marginwidth=\"0\" marginheight=\"0\" scrolling=\"no\" data-google-container-id=\"8\" data-load-complete=\"true\" data-mce-fragment=\"1\"><\/iframe><\/div>\n<\/div>\n<p>La publicaci\u00f3n de esta norma se produce en un momento en que un gran n\u00famero de empresas est\u00e1n definiendo su estrategia en relaci\u00f3n con el trabajo a distancia y la vuelta al centro de trabajo tras los meses de verano.<\/p>\n<p>Esta tarea no es en absoluto sencilla. Los cambios organizativos provocados por la Covid-19 y la (irreversible) extensi\u00f3n del trabajo a distancia a ra\u00edz del confinamiento han enfrentado a las empresas a importantes retos tanto desde el punto de vista legal como del de la gesti\u00f3n de recursos humanos.<\/p>\n<p>En este contexto, si bien el Real Decreto-Ley 28\/2020 establec\u00eda el marco normativo a tener en cuenta a la hora de regular el trabajo a distancia, dejaba sin resolver dudas importantes sobre las cuestiones m\u00e1s relevantes del tema. Lamentablemente, la Ley 10\/2021 no ha contribuido a aclararlas.<\/p>\n<p>Sin duda, una de las dudas m\u00e1s frecuentes es la de c\u00f3mo deben compensarse al empleado los gastos derivados del trabajo a distancia en aquellos casos en que esta cuesti\u00f3n no est\u00e1 regulada en convenio colectivo. Ante la falta de reglas claras, muchas empresas est\u00e1n abonando una cantidad mensual, que puede prorratearse en funci\u00f3n de si el empleado trabaja a distancia de manera exclusiva o si lo hace solo algunos d\u00edas a la semana.<\/p>\n<p>Pero no es este el \u00fanico interrogante que tienen que plantearse las empresas a la hora de regular el trabajo a distancia en sus organizaciones.<\/p>\n<p>As\u00ed, por ejemplo, cabe preguntarse si se va a permitir trabajar a distancia a toda la plantilla con independencia del puesto que ocupen, incluso cuando se trate de puestos de trabajo que requieran de una estrecha supervisi\u00f3n, o si se va a limitar a puestos con cierto nivel de autonom\u00eda y responsabilidad.<\/p>\n<h3>Antig\u00fcedad<\/h3>\n<p>En l\u00ednea con lo anterior, habr\u00e1 que cuestionarse si conviene exigir al trabajador una antig\u00fcedad m\u00ednima en la empresa para poder acceder al trabajo a distancia. No parece muy conveniente, a mi modo de ver, que un trabajador que acaba de incorporarse a una empresa y que, en mayor o menor medida necesariamente tendr\u00e1 que trabajar dentro de un equipo, no \u201cconviva\u201d previamente con los miembros de ese equipo.<\/p>\n<p>\u00bfY c\u00f3mo se va a regular una eventual vuelta al trabajo presencial? Seg\u00fan la norma vigente, el trabajo a distancia es una situaci\u00f3n reversible que puede eliminarse sin necesidad de justificar el motivo de la solicitud de reversi\u00f3n y sin que sea necesario dar un preaviso determinado. Esta cuesti\u00f3n, que inicialmente puede parecer menor, es de gran importancia si nos paramos a pensar qu\u00e9 pasar\u00eda si un gran n\u00famero de empleados ejercitan su derecho de reversi\u00f3n y vuelven al centro de trabajo simult\u00e1neamente. \u00bfQu\u00e9 ocurre si la empresa ha aprovechado la ocasi\u00f3n para reducir las oficinas y ahorrarse el alquiler de metros cuadrados que no suelen ser baratos? Una posible soluci\u00f3n para paliar estos inconvenientes es establecer un preaviso largo que permita disponer de un cierto margen para organizar la actividad.<\/p>\n<p>Otro asunto que conviene plantearse es el relativo al lugar de trabajo: \u00bfse va a permitir a los empleados que trabajen desde cualquier sitio o solo desde el domicilio habitual? Desde luego, esta \u00faltima ser\u00eda la opci\u00f3n m\u00e1s aconsejable si la empresa quiere asegurarse de que el empleado podr\u00e1 estar en el centro de trabajo r\u00e1pidamente si surge alguna cuesti\u00f3n que as\u00ed lo requiera (aspecto, por cierto, que tambi\u00e9n conviene recoger en el acuerdo de trabajo a distancia).<\/p>\n<h3>Ciberataques<\/h3>\n<p>Esta cuesti\u00f3n nos lleva a pensar en otra de gran importancia: si el empleado va a poder trabajar desde un sitio p\u00fablico utilizando la red de wifi de ese establecimiento, \u00bfva a poder la empresa protegerse adecuadamente frente a posibles ciberataques?<\/p>\n<p>Debe tenerse en cuenta, adem\u00e1s, que si el dispositivo es del empleado, la empresa no va a poder exigirle que instale ning\u00fan programa o aplicaci\u00f3n (por ejemplo, un antivirus), circunstancia que nos lleva a plantearnos si no ser\u00e1 mejor, a pesar del coste que supone, que el empresario facilite al empleado los medios necesarios para hacerlo.<\/p>\n<p>En otro orden de cosas, la empresa tendr\u00e1 que revisar los sistemas de registro de la jornada (que tambi\u00e9n es exigible, por supuesto, en el trabajo a distancia), la forma en que se va a valorar el rendimiento del empleado (y si es adecuado o no continuar con el trabajo a distancia), etc.<\/p>\n<p>En definitiva, son muchas las cuestiones que deben plantearse las empresas a la hora de abordar el trabajo a distancia. Ahora es el momento de hacerlo. Las nuevas formas de organizaci\u00f3n del trabajo han llegado para quedarse y de hecho pueden ser una herramienta muy \u00fatil para incentivar a las plantillas y retener talento a trav\u00e9s de medidas de flexibilidad. Sin embargo, para ello es esencial anticiparse a los problemas que pueden surgir y regularlos adecuadamente en el acuerdo de trabajo a distancia para que esta sea realmente una opci\u00f3n atractiva tanto para empresas como para empleados.<\/p>\n<p>Fuente: Paz de la Iglesia, <a href=\"https:\/\/cincodias.elpais.com\/cincodias\/2021\/07\/22\/legal\/1626944526_488058.html\">El Pa\u00eds<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Recientemente se ha publicado la Ley 10\/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia, que viene a fijar la&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":2369,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_kad_blocks_custom_css":"","_kad_blocks_head_custom_js":"","_kad_blocks_body_custom_js":"","_kad_blocks_footer_custom_js":"","_kadence_starter_templates_imported_post":false,"_kad_post_transparent":"","_kad_post_title":"","_kad_post_layout":"","_kad_post_sidebar_id":"","_kad_post_content_style":"","_kad_post_vertical_padding":"","_kad_post_feature":"","_kad_post_feature_position":"","_kad_post_header":false,"_kad_post_footer":false,"_kad_post_classname":"","footnotes":""},"categories":[7],"tags":[],"class_list":["post-2368","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias"],"taxonomy_info":{"category":[{"value":7,"label":"Noticias"}]},"featured_image_src_large":["https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-content\/uploads\/2021\/07\/1626944526_488058_1626944603_noticia_normal_recorte1-1024x523.jpg",1024,523,true],"author_info":{"display_name":"Sintef","author_link":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/author\/sintef2026\/"},"comment_info":0,"category_info":[{"term_id":7,"name":"Noticias","slug":"noticias","term_group":0,"term_taxonomy_id":7,"taxonomy":"category","description":"","parent":0,"count":689,"filter":"raw","cat_ID":7,"category_count":689,"category_description":"","cat_name":"Noticias","category_nicename":"noticias","category_parent":0}],"tag_info":false,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2368","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2368"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2368\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3063,"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2368\/revisions\/3063"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/media\/2369"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2368"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2368"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2368"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}