{"id":1128,"date":"2020-03-11T11:12:22","date_gmt":"2020-03-11T10:12:22","guid":{"rendered":"https:\/\/sintef.es\/?p=1128"},"modified":"2026-11-06T07:33:56","modified_gmt":"2026-11-06T06:33:56","slug":"clases-suspendidas-por-el-coronavirus-a-que-tienen-derecho-los-trabajadores-que-deben-cuidar-de-sus-hijos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/clases-suspendidas-por-el-coronavirus-a-que-tienen-derecho-los-trabajadores-que-deben-cuidar-de-sus-hijos\/","title":{"rendered":"Clases suspendidas por el coronavirus: \u00bfa qu\u00e9 tienen derecho los trabajadores que deben cuidar de sus hijos?"},"content":{"rendered":"<p>La fase de \u201ccontenci\u00f3n reforzada\u201d del coronavirus anunciada ayer por el ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha venido acompa\u00f1ada de algunas medidas dr\u00e1sticas para evitar el avance incontrolado del coronavirus en algunos territorios. As\u00ed, la Comunidad de Madrid, La Rioja y la\u00a0ciudad de Vitoria y la localidad de Labastida han anunciado la suspensi\u00f3n temporal de las actividades docentes en colegios y universidades. Esta medida, que afecta a\u00a0m\u00e1s de un mill\u00f3n y medio de estudiantes, ha generado intranquilidad y muchas dudas entre los trabajadores que no tienen posibilidad de dejar a sus hijos al cuidado de otras personas.<\/p>\n<p>Aunque el Consejo de Ministros de esta ma\u00f1ana puede aprobar medidas para fomentar la flexibilidad en las empresas, lo cierto es que a\u00fan no hay nada claro. No obstante, nuestro ordenamiento prev\u00e9 una serie de opciones a los que los trabajadores se pueden acoger para hacer efectivo su derecho a la conciliaci\u00f3n de la vida profesional y familiar. Una de ellas es el teletrabajo, pero no es la \u00fanica. El abogado Robert Guti\u00e9rrez, que explica las alternativas disponibles, aclara que, adem\u00e1s, el convenio colectivo aplicable en la empresa puede conceder derechos o medidas adicionales. La mayor\u00eda de las soluciones al problema generado con la suspensi\u00f3n de las clases docentes obligar\u00e1n a los empleados y compa\u00f1\u00edas a negociar.<\/p>\n<h3>Teletrabajo<\/h3>\n<p>Esta medida, que viene recogida en el art\u00edculo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores (ET), puede ser quiz\u00e1s la opci\u00f3n m\u00e1s satisfactoria para ambas partes. El trabajador no ve reducido su salario y la empresa sigue funcionando. No obstante, debe ser acordada de mutuo acuerdo, y no puede ser exigida ni por la plantilla ni por la direcci\u00f3n empresarial de forma unilateral. Ahora bien, si la compa\u00f1\u00eda rechaza permitir el trabajo a distancia, los empleados podr\u00edan invocar su derecho a la adaptaci\u00f3n de su jornada por un motivo extraordinario (como es cuidar de los menores que no pueden asistir a clase). En tal caso, la negativa de la empresa deber\u00e1 estar justificada.<\/p>\n<h3>Adaptaci\u00f3n del horario<\/h3>\n<p>En el supuesto de que la empresa no acepte el teletrabajo, el empleado puede invocar su derecho de adaptaci\u00f3n de jornada contemplado en el mismo art\u00edculo 38.4 del Estatuto. La conocida como jornada a la carta est\u00e1 prevista para conciliar la vida laboral y personal, y, en este caso, ser\u00eda una opci\u00f3n a explorar. Como en el supuesto del teletrabajo, la medida debe ser negociada con la empresa, pero una negativa injustificada otorgar\u00eda al empleado un plus raz\u00f3n a la hora de defender su derecho en tribunales.<\/p>\n<h3>Reducci\u00f3n de jornada<\/h3>\n<p>Otra de las alternativas que prev\u00e9 la ley es la reducci\u00f3n de jornada, con la consecuente rebaja proporcional del salario. Las ventajas de esta opci\u00f3n son que el trabajador puede no solo disminuir las horas laborables, sino que tambi\u00e9n puede elegir su horario (derecho a la concreci\u00f3n horaria). Esta medida no exige un alcance temporal determinado, por lo que los empleados podr\u00edan disfrutar de la reducci\u00f3n mientras dure el cierre de escuelas y volver a la jornada anterior cuando estas reabran.<\/p>\n<p>La normativa exige que el trabajador avise al empresario con una antelaci\u00f3n de quince d\u00edas, salvo que se trate de un supuesto de fuerza mayor (como as\u00ed podr\u00eda ser considerado el coronavirus). No obstante, a esta opci\u00f3n solo pueden acogerse los empleados que tengan a su cuidado un menor de 12 a\u00f1os, como as\u00ed lo establece el art\u00edculo 37.6 del ET.<\/p>\n<h3>Permiso retribuido<\/h3>\n<p>No acudir al trabajo para quedarse al cuidado de los hijos es una ausencia justificada, pero dicha falta no ser\u00eda ni retribuida ni podr\u00eda ser compensada con vacaciones (salvo que se acuerde lo contrario con la empresa). Del mismo modo se tratar\u00edan los casos de cuarentena o aislamiento en los que el trabajador no pueda acudir a su puesto, si bien la Seguridad Social podr\u00eda extender la consideraci\u00f3n de incapacidad temporal a estos supuestos.<\/p>\n<p>El Estatuto de los Trabajadores, en su art\u00edculo 37.3, tambi\u00e9n contempla la posibilidad de que el trabajador se ausente para el cumplimiento de un \u00abdeber inexcusable de car\u00e1cter p\u00fablico y personal\u00bb, como acudir a un juicio o a un examen. En tal caso, la ausencia del trabajador s\u00ed estar\u00eda retribuida. Pero, \u00bfes el cuidado de los hijos que no pueden asistir a clase un supuesto de \u00abdeber inexcusable\u00bb?<\/p>\n<p>Los tribunales no se han decantado de forma clara a favor o en contra de esta posibilidad. As\u00ed, por ejemplo, se\u00f1ala Guti\u00e9rrez, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Le\u00f3n sentenci\u00f3 en 2013 que acompa\u00f1ar a un hijo al m\u00e9dico es una obligaci\u00f3n parental que puede equipararse al cumplimiento de un deber inexcusable de car\u00e1cter personal. En cambio, el TSJ de Galicia fall\u00f3 en 2017 que esta actividad no constituye un deber inexcusable.<\/p>\n<h3>Vacaciones forzosas<\/h3>\n<p>La empresa no puede obligar a sus empleados a cogerse d\u00edas de vacaciones para afrontar esta crisis, afirma Guti\u00e9rrez. As\u00ed lo establece el art\u00edculo 38.2 del ET, que exige que el periodo de disfrute de vacaciones se fije de com\u00fan acuerdo entre empresario y trabajador, \u00abde conformidad con lo establecido, en su caso, en los convenios colectivos\u00bb. Es decir, la planificaci\u00f3n de las vacaciones debe ser, en todo caso, negociada, por lo que la decisi\u00f3n unilateral del empleador no ser\u00eda una soluci\u00f3n.<\/p>\n<p>Fuente: Irene Cort\u00e9s, <a href=\"https:\/\/elpais.com\/economia\/2020\/03\/10\/mis_derechos\/1583834194_262357.html\">El Pa\u00eds<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La fase de \u201ccontenci\u00f3n reforzada\u201d del coronavirus anunciada ayer por el ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha venido acompa\u00f1ada de&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1132,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_kad_blocks_custom_css":"","_kad_blocks_head_custom_js":"","_kad_blocks_body_custom_js":"","_kad_blocks_footer_custom_js":"","_kadence_starter_templates_imported_post":false,"_kad_post_transparent":"","_kad_post_title":"","_kad_post_layout":"","_kad_post_sidebar_id":"","_kad_post_content_style":"","_kad_post_vertical_padding":"","_kad_post_feature":"","_kad_post_feature_position":"","_kad_post_header":false,"_kad_post_footer":false,"_kad_post_classname":"","footnotes":""},"categories":[7],"tags":[],"class_list":["post-1128","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias"],"taxonomy_info":{"category":[{"value":7,"label":"Noticias"}]},"featured_image_src_large":["https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-content\/uploads\/2020\/03\/1583834194_262357_1583835585_noticia_normal_recorte1-1024x576.jpg",1024,576,true],"author_info":{"display_name":"Sintef","author_link":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/author\/sintef2026\/"},"comment_info":0,"category_info":[{"term_id":7,"name":"Noticias","slug":"noticias","term_group":0,"term_taxonomy_id":7,"taxonomy":"category","description":"","parent":0,"count":689,"filter":"raw","cat_ID":7,"category_count":689,"category_description":"","cat_name":"Noticias","category_nicename":"noticias","category_parent":0}],"tag_info":false,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1128","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1128"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1128\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3430,"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1128\/revisions\/3430"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1132"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1128"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1128"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/disenowebexperto.es\/sintef\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1128"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}